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AYUDAS A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
Publicación: DOG del 14 de mayo del 2003. Orden del 8/05/03.
Organismo: Cª de Asuntos Sociais, Emprego e Relacións
Laborais.
Objeto
Ayuda a contrataciones iniciales y transformaciones de contratos
temporales en indefinidos de trabajadores con discapacidad.
Beneficiarios
Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que
contrate trabajadores discapacitados.
Incentivos
1. Contrataciones de carácter indefinido a trabajadores
desempleados con una discapacidad igual o superior al 33% o que
procedan de un centro especial de empleo:
a)
i. Hasta 3.907 euros por cada trabajador contratado por tiempo
indefinido y a jornada completa.
ii. Bonificación de cuotas empresariales a la Seguridad
Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional
y las de recaudación conjunta:
Ø 70% por cada trabajador menor de 45 años
Ø 90% si tiene 45 años o más.
b) Un incentivo adicional de hasta 600 euros si se trata de una
mujer, cualquiera que sea el grado de minusvalidez.
c) Un incentivo adicional de hasta 600 euros si el grado de discapacidad
es superior al 49%.
d) Cuando el contrato indefinido se realice a tiempo parcial se
mantienen las bonificaciones previstas en el apartado a), si bien
la subvención y los incentivos adicionales se reducen proporcionalmente
a la jornada pactada.
e) Una subvención compatible con las anteriores, que podrán
alcanzar los 902 euros, para la adaptación de los puestos
de trabajo o para la dotación de medidas de protección
personal necesarias para evitar accidentes laborales.
2. Transformaciones en indefinidos de contratos de aprendizaje,
para la formación o en prácticas, así como
de los contratos temporales de fomento del empleo podrán
ser objeto de las subvenciones e incentivos previstos en el apartado
anterior.
Plazo presentación
· Plazo general: Dos meses contados a partir de la fecha
de inicio de la relación laboral o de la transformación.
· Las contrataciones o transformaciones realizadas entre
el 1 de octubre de 2002 y el 15 de mayo de 2003: Hasta el 15/07/2003
· Las solicitudes de ayuda para la adaptación de
puestos de trabajo deberán presentarse antes del inicio
de la adaptación.
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